LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 (ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS)

 

FICHA TECNICA NORLEX

 

Nombre corto:  23011905.

Legislación:  Federal.

 

Fuente:  D.O.F.

Emite:  SADER.

Fecha de publicación:  23 de enero de 2019.

Fecha de entrada en vigor:  24 de enero de 2019.

 

Modificaciones:

 

                                    Fecha de publicación              Fecha de entrada en vigor

 

                                    15 de mayo de 2019                 16 de mayo de 2019

 

Reformas: Apartado 3.6 del Contenido para sustituir Quejas y denuncias por Auditorías; el numeral XVI del apartado 1.2. Glosario de términos del Título I. Disposiciones Generales; el numeral 1.3.1. Objetivo General, del apartado 1.3. Objetivos del Programa, del Título I. Disposiciones Generales; el segundo párrafo del apartado 2.1. Población Objetivo, del Título II. Operación del Programa; el segundo párrafo del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el Cuadro 1. Estratos, del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el párrafo ubicado debajo del Cuadro 1 Estratos, del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa, asignándole el inciso a); el título del Cuadro 4 asignándole el número 3 para titularse Cuota PIMAF y Productores de localidades con población indígena; el último párrafo del subinciso c) del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el inciso A, del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; los incisos B y C asignándole al B la letra A para iniciar nueva serie adicional y recorriéndose hacia abajo la serie de incisos del B al D del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; los numerales I y II del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el segundo párrafo del apartado 2.3. Criterios de elegibilidad, del Título II. Operación del Programa; el numeral II del apartado 2.3. Criterios de elegibilidad, del Título II. Operación del Programa; los numerales I y II del apartado 2.6. Apertura y cierre de ventanillas, del Título II Operación del Programa; los numerales I y II del apartado 2.7. Mecánica Operativa del Título II. Operación del Programa; el tercero y quinto párrafos del Cuadro 5. Listado de documentos, del apartado 2.7. Mecánica Operativa del Título II. Operación del Programa; el numeral I del apartado 3.2. Exclusiones, del Título III. Disposiciones Complementarias; y los anexos I, II, III, IV y V.

 

Adiciones: Apartado 1.2, numeral VIII. Glosario de términos del Título I. Disposiciones Generales; el inciso c) y el Cuadro 4. Cuotas de café y de caña de azúcar al apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; un párrafo inmediatamente después del Cuadro denominado Cuotas de café y de caña de azúcar; los incisos B y C al apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el último párrafo al inciso A, del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el apartado 2.3. Gastos de operación del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa, recorriéndose hacia arriba los apartados subsiguientes; un segundo párrafo al numeral IV del apartado 2.3. Criterios de elegibilidad, del Título II. Operación del Programa; y el antepenúltimo párrafo del numeral IV del apartado 2.7. Mecánica Operativa, del Título II. Operación del Programa.

 

Derogaciones: Apartado 1.2., numeral V; Glosario de términos del Título I. Disposiciones Generales, recorriéndose los numerales subsecuente del V al VII; el inciso a) del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el Cuadro 3. Estratos PIMAF y Productores Indígenas, del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa, recorriéndose hacia abajo la numeración de los cuadros subsiguientes; el último párrafo del inciso A, del mismo apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa.

 

                                    30 de agosto de 2019               31 de agosto de 3019

 

Reformas: Anexo I.

 

                                    26 de diciembre de 2019           27 de diciembre de 2019

 

Reformas: Numeral 1.2, Glosario de Términos del Título I. Disposiciones Generales, fracción VII; numeral 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa las fracciones II y III, de la sección A; numeral 2.4. Criterios de Elegibilidad, del Título II. Operación del Programa, segundo párrafo; numeral 2.8. Mecánica Operativa del Título II. Operación del Programa, el segundo párrafo de la fracción IV; ANEXO I. Documentos y/o información requerida para ser beneficiario del Programa Producción para el Bienestar, penúltimo párrafo; ANEXO II. Catálogo de Conceptos para la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR y el Subconcepto de la Clave 3, de la tabla.

 

Adiciones: Numeral 2.8. Mecánica Operativa del Título II. Operación del Programa, Apartados tercer párrafo de la fracción IV.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VICTOR MANUEL VILLALOBOS ARAMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27 fracción XX y 28 párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. y 12 de la Ley de Planeación; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o. párrafo segundo, 54, 74, 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 175 de su Reglamento; 1o., 7o., 22 fracción IX incisos a) y d), 32 fracciones X y XI, 54, 104, 109, 115 párrafo segundo y 183 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1o., 2o., 3o. fracciones III, IV, X, XII y XIII, 5o. y 7o. de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1o. y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3o. fracción XXII y 32 fracciones I, III y VI, así como los Anexos 11 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1o., 3o. y 5o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDOS

Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el Artículo 26 de la CPEUM establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX del citado ordenamiento, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 1o. y 6o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la población rural. Las acciones que el Estado realiza en el medio rural tienen el carácter prioritario, bajo criterios de equidad social, de género, integralidad, productividad y sustentabilidad.

Que mediante reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de noviembre de 2018, se crea la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, debiendo adecuar su estructura en un periodo de 180 días, tendiendo dentro de sus objetivos el procurar la Autosuficiencia Agroalimentaria.

Que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, incluye en los Anexos 11 y 26 el Programa Producción para el Bienestar como uno de los principales programas del Sector Agricultura y Desarrollo Rural, el cual tiene asignado un monto de $9,000,000,000.00 (NUEVE MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N., con el propósito de contribuir al incremento del grado de autosuficiencia alimentaria, dotando de liquidez y vinculando al acceso a servicios a los pequeños y medianos productores, para colaborar en el aumento de la productividad sustentable de sus predios, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

Contenido

Título I. Disposiciones Generales

1.1.   Objetivo del Acuerdo

1.2.   Glosario de términos

1.3.   Objetivos del Programa

1.3.1.      Objetivo General

1.3.2.      Objetivo específico

1.4.   Ambito de aplicación

1.5.   Interpretación

Título II Operación del Programa

2.1.   Población Objetivo

2.2.   Incentivos y montos máximos

2.3.   Criterios de elegibilidad

2.4.   Instancias que participan en el Programa

2.5.   Anexos que aplican al Programa

2.6.   Apertura y cierre de ventanillas

2.7.   Mecánica Operativa

Título III. Disposiciones Complementarias

3.1.   Derechos y obligaciones de los beneficiarios

3.2.   Exclusiones

3.3.   Supervisión

3.4.   Coordinación Institucional

3.5.   Incumplimiento de los beneficiarios

3.6.   Auditorías

Transitorios

Anexos

Titulo I. Disposiciones Generales

1.1. Objeto del Acuerdo

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos para la Operación del Programa Producción para el Bienestar para el Ejercicio Fiscal 2019.

1.2. Glosario de términos

Para efectos y aplicación de los presentes Lineamientos, se entenderá por:

I. Beneficiario.- Persona física o moral que recibe el incentivo previsto en los presentes Lineamientos Generales;

II. CADER.- Centro de Apoyo al Desarrollo Rural;

III. Ciclo Agrícola.- División del año agrícola en periodos de tiempo vegetativos de los cultivos, considerando características climáticas: otoño-invierno y primavera-verano;

IV. CURP.- Clave Unica de Registro de Población, documento expedido por la Secretaría de Gobernación;

V. Incorporación.- Proceso definido por la Unidad Responsable para la inscripción de predios al Programa de PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, distintos a los registrados en el Directorio de PROAGRO Productivo.

VI. Liquidez.- Dinero en efectivo y/o en documentos de fácil cambio bancario: cheque, transferencia bancaria, depósito en efectivo y/o órdenes de pago;

VII. Medio de Pago.- Instrumento mediante el cual se le hará llegar el incentivo al productor de los predios beneficiados: preferentemente cuenta bancaria o Tarjeta del Bienestar que emita el área designada por el Gobierno Federal, así como orden de pago o giro telegráfico.

Vlll. Padrón del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.- Listado de predios registrados en el Directorio del Componente PROAGRO Productivo, así como los que se incorporen de productores: beneficiarios del PIMAF 2018; de localidades con población indígena con alta o muy alta marginación; de café y de caña de azúcar, principalmente;

IX. Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.- Incluye los componentes PROAGRO Productivo y PIMAF 2018, así como productores de: localidades con población indígena de alta o muy alta marginación; de café y de caña de azúcar;

X. PIMAF.- Programa de Incentivos para Productores de Maíz y Frijol, vigente en el 2018;

XI. Predio.- Espacio de terreno delimitado, que medido en hectáreas tienen derechos de posesión o propiedad para un productor;

XII. Predio Operado.- Aquéllos del Componente PROAGRO Productivo para los que las Representaciones de la SADER hayan solicitado oficialmente el incentivo, a través del sistema informático;

XIII. SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

XIV. Servicios.- Se refiere a las acciones que ofrece la SADER como precios de garantía, fertilizantes, extensionismo y crédito a la palabra, entre otros.

XV. Sistema milpa.- Producción agrícola tradicional de temporal que incluye diferentes cultivos de manera simultánea en una misma superficie, en donde la especie principal es el maíz asociado con frijol, calabazas, chiles, tomates, entre otras, dependiendo de la región. El objetivo principal del sistema milpa es producir para la alimentación familiar.

XVI. Superficie Elegible del predio.- La registrada en el Componente PROAGRO Productivo y el Componente PIMAF 2018, vigentes en ese año. Además, la que registren los productores: de localidades con población indígena de alta o muy alta marginación; de café y de caña de azúcar.

XVII. Ventanillas.- Los CADER son el lugar donde los productores de los predios realizan la actualización de datos y la acreditación del incentivo.

1.3. Objetivos del Programa

1.3.1. Objetivo General

Incrementar la producción y productividad de granos, de café y de caña de azúcar para contribuir al aumento del grado de autosuficiencia alimentaria nacional (de granos) y a la competitividad de esos cultivos.

1.3.2 Objetivo específico

Dotar de liquidez y vincular al acceso a servicios, para su inversión en actividades productivas con enfoque sustentable en los predios de los pequeños y medianos productores.

1.4. Ambito de aplicación

Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para las instancias participantes en el Programa, conforme a lo establecido en el Numeral 2.4 del Título II de éstos, así como para los productores con predios registrados en el Padrón del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, o que pretendan pertenecer al mismo, cuando corresponda.

1.5. Interpretación

La interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en estos Lineamientos, serán facultad de la Unidad Responsable, en los términos de las disposiciones aplicables en la materia, sin perjuicio de las facultades de la Oficina del Abogado General.

Las acciones que el Estado realiza en el medio rural tienen el carácter prioritario, bajo criterios de equidad social, de género, integralidad, productividad y sustentabilidad.

Título II. Operación del Programa

2.1. Población Objetivo

Predios inscritos en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar de pequeños y medianos productores con superficie de hasta 20 hectáreas elegibles que cultiven granos (maíz, frijol, trigo panificable, arroz, entre otros) por ciclo agrícola, así como productores de café y productores de caña de azúcar.

2.2. Incentivos y montos máximos

Los incentivos del Programa serán por productor, de acuerdo con la suma de la superficie elegible de sus predios por ciclo agrícola para granos, o año para café y para caña de azúcar, considerando los siguientes estratos y cuotas:

a) Para el caso de los productores con predios inscritos en el Directorio PROAGRO Productivo, que siembren granos (maíz, frijol, trigo panificable y arroz, entre otros), el monto máximo del incentivo por ciclo agrícola será el correspondiente a 20 hectáreas por productor, ya sea como persona física y/o como integrantes de una persona moral.

Cuadro 1. Estratos

 

Estratos

Superficie objeto del incentivo

Régimen hídrico

Temporal

Riego

Pequeño Productor

Hasta 5 hectáreas.

Hasta 0.2 hectáreas.

Mediano Productor

Mayor de 5 y hasta 20 hectáreas.

Mayor de 0.2 y hasta 5 hectáreas.

Productores grandes

Mayor de 20 hectáreas.

Mayor de 5 hectáreas.

 

El monto máximo del incentivo por ciclo agrícola será el correspondiente a 20 hectáreas por productor, ya sea como persona física y/o como integrantes de una persona moral.

El cálculo del monto máximo de incentivo se realizará por hectárea o fracción de la superficie elegible del predio, conforme a las cuotas por hectárea siguientes:

Cuadro 2. Cuotas

 

Estratos

Cuota por hectárea

Pequeño Productor

$1,600.00 (MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)

Mediano Productor

$1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.)

 

Algunos productores podrán recibir incentivos equivalentes a más de 20 hectáreas, siempre y cuando el excedente sea por albaceazgo, tutela, patria potestad o cualquier otra figura de representación legal.

b) Para el caso del PIMAF 2018 y de pequeños productores de localidades con población indígena de alta o muy alta marginación que cumplan los requisitos aplicables y concluyan la incorporación de sus predios en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar, el monto máximo del incentivo por ciclo agrícola será el correspondiente a 3 hectáreas por productor, considerando la cuota siguiente:

Cuadro 3. Cuotas PIMAF y Productores de localidades con población Indíge

Derogado (D.O.F. el 15 de mayo de 2019)

 

c) Para productores de café y de caña de azúcar que cumplan los requisitos aplicables y concluyan la incorporación de sus predios en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar, el monto del apoyo por año será por productor, independientemente de la superficie que sumen dichos predios, conforme a las cuotas siguientes:

Cuadro 4. Cuotas de café y de caña de azúcar

Estrato

Cuota por productor

Productor de café (todos los estratos)

$5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.)

Productor de caña de azúcar (todos los estratos)

$7,300.00 (SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)

Los apoyos para granos (PROAGRO Productivo, PIMAF 2018 y pequeños productores de localidades con población indígena de alta o muy alta marginación) serán excluyentes entre sí, por lo que un productor podrá recibir sólo uno de dichos apoyos, aunque tendrá la posibilidad de acceder a los apoyos correspondientes para caña de azúcar o para café. A su vez, los apoyos para caña de azúcar y para café serán excluyentes entre sí, es decir, un productor no podrá recibir apoyos para ambos cultivos.

La Unidad Responsable, podrá destinar recursos hasta por el 0.5 por ciento del presupuesto asignado al Programa para:

A.      Incorporar predios de:

I.        Productores de maíz, frijol y/o sistema milpa de temporal, con prioridad de:

1.      Predios de productores del PIMAF 2018.

2.      Predios de productores ubicados en localidades con población indígena de alta o muy alta marginación.

II.       Productores de café, principalmente los ubicados en Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco y Veracruz.

III.      Productores de caña de azúcar, principalmente los de Campeche, Chiapas, Colima, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas y Veracruz.

B.      Registrar nuevos predios de productores agrícolas al Padrón del Programa de Producción para el Bienestar, en apoyo a la instrumentación de Programas de la SADER, los cuales deberán contar con un expediente en el CADER correspondiente y con la georreferencia.

Dichos predios no formarán parte de la Población Objetivo ni serán sujetos de incentivos del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

C.      Dar mantenimiento al Padrón del Programa Producción para el Bienestar, para su actualización con información como la georreferencia.

Párrafo derogado (D.O.F. el 15 de mayo de 2019)

La Unidad Responsable podrá destinar recursos para:

A       Otorgar incentivos correspondientes a pasivos de PROAGRO Productivo derivados de solicitudes realizadas por las instancias ejecutoras de los ciclos agrícolas otoño – invierno 2017/2018 y primavera – verano 2018, no atendidas por falta de disponibilidad presupuestal.

B.      Establecer esquemas de capacitación y acompañamiento técnico-organizativo dirigido preferentemente a pequeños productores del Programa para facilitarles la adopción de innovaciones tecnológicas, mejorar sus prácticas agrícolas e incrementar sus rendimientos, así como para fortalecer la instrumentación de servicios que ofrece la SADER, destinando hasta el 2.5 por ciento del presupuesto asignado al Programa.

C.      Complementar las acciones del Programa de PRODUCCION PARA EL BIENESTAR con los nuevos servicios que ofrece la SADER.

D.      Establecer esquemas para adelantar incentivos correspondientes a ciclos agrícolas subsecuentes para su inversión en activos productivos, conforme a los lineamientos específicos que establezca la Unidad Responsable.

Los incentivos y acciones anteriores estarán sujetas a disponibilidad presupuestal y conforme a la determinación de la Unidad Responsable.

Además, para la entrega del incentivo, se considerará lo siguiente:

I.           Los productores de granos con predios de temporal cuya suma de superficie sea menor a una hectárea, recibirán por redondeo el incentivo equivalente a una hectárea, con excepción de aquellos con predios a los que se les haya realizado algún tipo de fraccionamiento;

II.          Que los predios agrícolas de los productores beneficiarios sean sembrados al menos con la superficie incentivada durante el ciclo agrícola correspondiente;

III.         En caso de condiciones climatológicas adversas o de desastre natural que impidan la siembra en superficies elegibles, podrá otorgarse el incentivo de manera prioritaria cuando la Instancia Ejecutora correspondiente realice la solicitud por escrito a la Unidad Responsable y la acompañe del documento emitido por la autoridad competente del Gobierno Federal, como el dictamen técnico o la declaratoria de emergencia, que avale tales condiciones en las áreas afectadas. Lo anterior sujeto a disponibilidad presupuestal;

IV.        Que las personas morales registren la superficie elegible de cada uno de sus integrantes;

V.         Que los productores beneficiarios como resultado de los predios incentivados por el Programa, al menos el 18% sean mujeres.

2.3. Gastos de operación

La Unidad Responsable, para la operación del Programa, destinará el 2.0 por ciento de su presupuesto asignado.

2.4. Criterios de elegibilidad

El productor podrá recibir el incentivo cuando:

I.           El expediente del predio esté integrado y resguardado por el CADER, conforme se detalla en el Anexo I Documentos y/o Información requerida para ser beneficiario del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, el cual debe actualizarse por el productor, cuando tenga algún cambio respecto del último registro, incluidos los datos de los medios de pago;

II.          Se acredite la vinculación del último apoyo recibido (por ciclo agrícola homólogo o año anterior según corresponda), conforme a lo establecido en la mecánica operativa de este Programa;

III.         En su caso, se actualice en el sistema informático específico para la operación del Programa, el cultivo sembrado;

IV.        No registre pago en demasía (pago en exceso de incentivo de PROAGRO Productivo recibido por productores de predios beneficiarios por dicho Componente, derivado de inconsistencias en las aplicaciones informáticas) o, en su caso, el productor de los predios correspondientes reintegre el monto recibido en exceso.

Los presentes Criterios de Elegibilidad no aplican para productores que incorporen predios al Padrón del Programa Producción para el Bienestar con base en la información y/o documentos que proporcione la Secretaría de Bienestar a la SADER. Los criterios para estos productores, los definirá la Unidad Responsable.

2.5. Instancias que participan en el Programa

Las instancias involucradas en la operación del Programa son:

I.           Unidad Responsable: Dirección General de Operación y Explotación de Padrones (DGOEP) o la que designe la SADER;

II.          Instancia Ejecutora: Representaciones Estatales u homólogos del Gobierno Federal, o la que designe la Unidad Responsable;

III.         Instancia Dispersora de Recursos: Dirección General de Programación, Presupuesto y Finanzas y/o la que determine la Unidad de Administración y Finanzas o su equivalente;

IV.        Unidad Técnica Auxiliar: Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y/o las que la Unidad Responsable designe;

V.         Instancia Ejecutora de Gastos Asociados a la Operación: Unidad Responsable y/o las que ésta designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente, y

VI.        Instancia de Acompañamiento Técnico: Las que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente.

2.6. Anexos que aplican al Programa son

Anexo I. Documentos y/o Información requerida para ser beneficiario del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

Anexo II. Catálogo de Conceptos para la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

Anexo III. Comprobante de Actualización de Datos y/o Acreditación de la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

Anexo IV. Aviso al Productor de Causa de No Procedencia del Trámite de Actualización de Datos del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

Anexo V. Carta de Declaración del Productor Bajo Protesta de Decir Verdad que Vinculó el Incentivo para Contribuir a Mejorar la Productividad Agrícola.

Anexo VI. Diagrama de Flujo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

2.7. Apertura y cierre de ventanillas

I.           Las fechas de apertura y cierre de ventanillas se publicarán en la página de la SADER.

II.          Para los años subsecuentes las ventanillas se podrán aperturar desde octubre del año fiscal en curso.

La Unidad Responsable podrá modificar estas fechas o establecer nuevos periodos de acuerdo con las necesidades del Programa, los ciclos productivos o casos de excepción que considere pertinentes.

2.8. Mecánica Operativa

I.           La Unidad Responsable publicará en la página de la SADER las disposiciones específicas, entre otras, el documento denominado Procedimiento Operativo, en donde se establecerán las obligaciones y funciones a cargo de las instancias participantes en la operación del Programa;

II.          Al productor del predio se le podrá otorgar el incentivo de manera automática, sujeto a disponibilidad presupuestal, si se cumple con lo siguiente:

a)      Que haya recibido el incentivo u operado en el ciclo agrícola homólogo anterior;

b)      Que su expediente esté actualizado;

c)      Que sus datos estén actualizados en el sistema informático del Programa;

d)      Que acredite la vinculación del incentivo otorgado en el ciclo agrícola homólogo anterior pagado;

e)      Que no registre pago en demasía o, en su caso, el productor de los predios correspondientes reintegre el monto recibido en exceso, y

f)       Las demás disposiciones que establezca la Unidad Responsable.

III.         El productor de los predios sujetos del incentivo debe acudir al CADER correspondiente a:

a.      En su caso, actualizar el expediente del predio y/o los datos en el sistema informático del Programa;

b.      Acreditar la vinculación del incentivo utilizado en actividades productivas, y

c.      Atender asuntos que le solicite la Secretaría a través de la Instancia Ejecutora.

             En su caso, el productor proporcionará al CADER la información necesaria. (Anexo I. Documentos y/o Información requerida para ser beneficiario del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR) de estos Lineamientos, para la actualización de datos.

             El CADER entregará al productor un comprobante en el que se le notificará sobre la procedencia de la actualización de datos (Anexo III. Comprobante de Actualización de Datos y/o Acreditación de la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR); de lo contrario, le avisará sobre los documentos faltantes (Anexo IV. Aviso al Productor de Causa de No Procedencia del Trámite de Actualización de Datos).

IV.        El productor debe acreditar la totalidad del uso del incentivo (acreditación de la vinculación del incentivo), salvo lo especificado en este mismo numeral.

Las fracciones II y III de este numeral, no aplican para productores que incorporen predios al Padrón del Programa Producción para el Bienestar.

Adicionalmente, para productores ubicados en localidades con población indígena de alta o muy alta marginación no aplica la fracción IV.

Los conceptos de vinculación del incentivo se detallan en el Anexo II. Catálogo de Conceptos para la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

Asimismo, el productor debe realizar la acreditación del incentivo, con alguno o más de los documentos siguientes:

 

Cuadro 5. Listado de documentos

 

a)       Factura (bajo esquemas de asociatividad, el beneficiario podrá presentar copia de la factura, junto con el listado de productores asociados y su participación);

b)       Ticket (bajo esquemas de asociatividad, el beneficiario podrá presentar copia del ticket, junto con el listado de productores asociados);

c)       Recibo de compra;

d)       Carta bajo protesta de decir verdad (Carta de Declaración del Productor Bajo Protesta de Decir Verdad que Vinculó el Incentivo para Contribuir a Mejorar la Productividad Agrícola). Aplica sólo para pequeños productores; aquellos participantes en esquemas de asociatividad deberán acreditar exclusivamente a través de factura y/o ticket;

e)       Contrato de arrendamiento de maquinaria y equipo, de prestación de servicios profesionales o de renta de infraestructura de almacenamiento;

f)        Documento que acredite el pago de jornales, sueldos o salarios, incluida la lista de raya;

g)       Pagaré de crédito. Aplica para productores a los que se les autorice algún crédito a través de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, utilizando los incentivos del PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR como garantía líquida;

h)       Nota de venta;

i)        Recibo de pago (agua, electricidad), y

j)        Recibo de honorarios. (En caso de contratar servicios de capacitación o asistencia técnica, se presentará copia del recibo de honorarios, junto con el listado de beneficiarios, en su caso).

La omisión de la acreditación total del incentivo tiene como consecuencia la suspensión de éste en los ciclos agrícolas homólogos o años subsecuentes, hasta que se subsane dicho incumplimiento, o bien, se reintegre el mismo.

El productor puede realizar la actualización de datos y la acreditación de la vinculación del incentivo al mismo tiempo. En su caso, dicha acreditación puede realizarse anticipadamente a la entrega del incentivo y vía sistema informático, conforme los establezca la Unidad Responsable.

Se podrá exentar de la acreditación de la vinculación del incentivo, a aquellos productores de predios ubicados en regiones afectadas por condiciones climatológicas adversas o de desastre natural, siempre y cuando la Instancia Ejecutora correspondiente realice la solicitud por escrito a la Unidad Responsable y la acompañe del documento emitido por la autoridad competente del Gobierno Federal, como el dictamen técnico o la declaratoria de emergencia, que avale la presencia de tales condiciones en las áreas afectadas.

Si fallece el productor del predio que recibió incentivo, la acreditación la podrá realizar cualquier interesado en que el predio continúe en la Población Objetivo del Programa.

El diagrama de flujo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR se especifica en el Anexo VI. Diagrama de Flujo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

Título III. Disposiciones Complementarias

3.1. Derechos y obligaciones de los beneficiarios

I.           Son derechos de los beneficiarios:

A.      Recibir asesoría por parte de las Unidades Responsables, Representaciones, respecto del contenido de estos Lineamientos;

B.     Adquirir en su caso, el bien o servicio con características de utilidad, calidad, precio con el proveedor que libremente elija, y en su caso, la capacitación respectiva;

C.     Interponer las quejas y denuncias en los términos establecido en el Numeral 3.6 de este Título III;

D.     Ejercer los medios de defensa contra los actos y resoluciones emitidos por las Unidades Responsables y/o Instancias Ejecutoras en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

E.      Los derechos establecidos específicamente en el Programa de los presentes Lineamientos, y

F.      Denunciar y/o declarar actos de corrupción y malos manejos del Programa.

II.          Son obligaciones de los beneficiarios:

A.      Cumplir con los requisitos y las obligaciones establecidas en estos Lineamientos;

B.     Aplicar a los fines autorizados los incentivos o subsidios recibidos y conservar los documentos de acreditación en los términos de la legislación aplicable, y

C.     Aceptar, facilitar y atender en cualquier etapa del proceso para la entrega del incentivo y posterior a ésta, verificaciones, auditorías, inspecciones y solicitudes de información por parte de las unidades responsables, las instancias ejecutoras, instancias fiscalizadoras o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados; así como la supervisión de parte de las instancias de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y las que ésta determine.

3.2. Exclusiones

No se destinarán incentivos para los siguientes conceptos:

I.           Compra o renta de tierras;

II.          Compra de equipo y maquinaria usada;

III.         Compra de cualquier tipo de vehículo;

IV.        Edificación de uso habitacional;

V.         Compra de remolques para uso distinto a las labores agrícolas, y

VI.        Adquisición de tractores o motocultores que no cuenten con la certificación emitida por el Organismo de Certificación de Implementos y Maquinaria Agrícola (OCIMA).

Finalmente, se promoverá la protección de las áreas agroecológicas, por lo que no se otorgarán incentivos del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR en Areas Naturales Protegidas, o terrenos que su cambio de uso de suelo no haya sido autorizado por la SEMARNAT. Para aquellas que cuenten con programa de manejo, no se otorgarán apoyos para la zona núcleo y para las subzonas de: a) preservación, b) aprovechamiento especial, c) uso público y d) recuperación.

3.3. Supervisión

A efecto de verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del beneficiario y las Instancias Participantes en la Ejecución del Programa, se llevará a cabo la supervisión de éste en los términos que establezca la SADER, por conducto de la Dirección General de Planeación y Evaluación.

3.4. Coordinación Institucional

La Unidad Responsable tendrá la facultad de suscribir convenios e instrumentos jurídicos para la realización de acciones del Programa, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los centros o instituciones de investigación y/o enseñanza superior, organismos nacionales e internacionales, así como asociaciones civiles, entre otros.

3.5. Incumplimiento de los beneficiarios

En caso de incumplimiento de los presentes Lineamientos por parte de los beneficiarios, aplicará lo establecido en el Procedimiento Administrativo de Cancelación del registro de predios en el Directorio del Componente PROAGRO Productivo (Ahora del Padrón del Programa Producción para el Bienestar).

3.6. Auditoría

Los beneficiarios y los ciudadanos en general podrán presentar por escrito sus quejas y denuncias, con respecto a la ejecución de los presentes Lineamientos directamente ante el Organo Interno de Control en la Secretaría, en las Representaciones, en las oficinas de los Organos Internos de Control de los Organos Administrativos Desconcentrados y de las Entidades Coordinadas por la Secretaría, el Organo Estatal de Control y, en su caso, el Organo Municipal de Control, así como en los Módulos de Quejas y Denuncias correspondientes.

3.7. Auditoría

Los recursos del Programa podrán ser auditados por la Secretaría de la Función Pública, el Organo Interno de Control en la SADER, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Continuará vigente lo dispuesto en los “Lineamientos por los que se establece el procedimiento administrativo de cancelación del registro de predios en el Directorio del Componente PROAGRO Productivo, del Programa de Fomento a la Agricultura, que deberán observar los servidores públicos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación”, publicados en el DOF el 17 de noviembre de 2017, hasta en tanto no se emitan unos nuevos. En este caso por Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación se entenderá Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y asimismo por PROAGRO Productivo se referirá al Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

TERCERO.- Las disposiciones específicas que se establezcan en el documento denominado Procedimiento Operativo, a que se refiere la fracción I del numeral 2.7 Mecánica Operativa del presente Acuerdo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la página electrónica de la SADER (https://sader.gob.mx) y estarán vigentes hasta en tanto se publiquen unas nuevas disposiciones.

CUARTO.- La Unidad Responsable podrá emitir las disposiciones normativas complementarias, necesarias para la operación del Programa.

TRANSITORIO

(De la reforma publicada en el D.O.F. el 15 de mayo de 2019)

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 7 de mayo de 2019.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.

TRANSITORIO

(De la reforma publicada en el D.O.F. el 30 de agosto de 2019)

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

TRANSITORIOS

(De la reforma publicada en el D.O.F. el 26 de diciembre de 2019)

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- El procedimiento operativo a que se hace referencia en el numeral 2.8, fracción I, deberá armonizarse en lo procedente, a lo establecido en el presente Acuerdo y publicarse en la página electrónica https://www.gob.mx/agricultura.

Ciudad de México, a 18 de diciembre de 2019.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.

Anexos

 

ANEXO I DOCUMENTOS Y/O INFORMACION REQUERIDA PARA SER BENEFICIARIO DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR

 

I.- Del predio:

I.1.     Documento que acredita la propiedad del predio.

I.2.     Para predios localizados en distritos de riego: la boleta de pago de agua, constancia de pago de los derechos de uso del agua del ciclo agrícola o año en operación o permiso único de siembra.

          En el caso de predios con pozos de riego: copia del documento que acredite la regularización en el uso del agua emitida por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) o constancia actualizada del trámite para la regularización del uso de agua.

I.3.     Para el productor no propietario del predio, el documento legal de posesión derivada vigente (arrendamiento, usufructo, aparcería entre otros).

I.4.     Georreferencia del predio (incluida en el sistema informático no en el expediente físico).

I.5.     Documentos que acredita la vinculación del incentivo para mejorar la productividad agrícola (para predios ya pagados).

II.      De los productores:

II.1.    Personas Físicas.

a.       Identificación oficial vigente (del propietario y del productor).

b.       Clave Unica de Registro de Población (CURP) (del propietario y del productor).

c.       Poder del representante conforme a la legislación civil del estado, en su caso.

d.       Comprobante de domicilio (aplica sólo al propietario del predio, cuando haya cambiado de domicilio).

e.       Documento donde se especifique el número de cuenta bancaria y la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) o los datos correspondientes a la Tarjeta del Bienestar que emita el área designada por el Gobierno Federal, en su caso.

II.2.    Personas Morales (Propietario y/o productor):

a.       Identificación oficial vigente del representante legal.

b.       Clave Unica de Registro de Población (CURP) del representante legal.

c.       Cédula de Identificación Fiscal (CIF) de la persona moral.

d.       Copia del Acta Constitutiva.

e.       Poder otorgado “para actos de administración” respecto de un predio registrado en el Programa (deberá ser otorgado conforme a la legislación civil del estado).

f.        Comprobante de domicilio de la persona moral; el domicilio debe coincidir con el domicilio fiscal señalado en la Cédula de Identificación Fiscal (CIF). (Aplica sólo al propietario del predio).

g.       Estado de cuenta bancario donde se especifique el número de cuenta bancaria y la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), en su caso.

h.       Relación de beneficiarios integrantes de la persona moral, donde se especifique el nombre completo, la CURP y la superficie que aporta cada uno de dichos integrantes.

Los predios de productores del PIMAF 2018, de café, de caña de azúcar y de localidades indígenas de alta o muy alta marginación podrán incorporarse al Padrón del Programa Producción para el Bienestar y ser beneficiarios de este Programa en 2019, con la información y/o documentos que proporcione la Secretaría de Bienestar a la SADER, mismos que se establecerán en los instrumentos respectivos que convengan, en su caso, ambas secretarías.

Para continuar recibiendo apoyos en los ciclos agrícolas o años subsecuentes (Otoño–Invierno 2019/2020, Primavera–Verano 2020 o año 2020), deberán contar con el expediente debidamente integrado y la georreferencia conforme al presente Anexo o de acuerdo con lo que establezca la Unidad Responsable.

“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.

 

ANEXO II CATALOGO DE CONCEPTOS PARA LA VINCULACION DEL INCENTIVO DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR

 

No.

Conceptos

Clave

Subconcepto

1

Producción

1

Capacitación y asistencia técnica agrícola.

2

Fertilizantes (incluye fertilizantes biológicos).*

3

Semillas criollas, mejoradas, certificada y/o habilitada

4

Mejoradores de suelo *

5

Semilla de caña para siembra (volteo de cepas) *.

6

Productos de control fitosanitario (incluye productos biológicos) *.

7

Mano de obra.

8

Yunta, maquinaria, equipo e implementos agrícolas.*

9

Pago de servicios y adquisición de combustibles.

10

Adquisición de planta con material genético certificado.*

2

Postcosecha

11

Comercialización.

12

Almacenamiento.

13

Empaquetado.

14

Pago de transporte.

15

Garantía para el acceso al crédito y financiamiento.**

16

Inversión asociada a la apertura de un agronegocio.

17

Despulpadoras (café)

3

Alimentación

18

Promoción de campañas de nutrición.

 

La Unidad Responsable podrá definir otros conceptos o subconceptos para la vinculación del incentivo.

*Conceptos para priorizar el uso de los apoyos para el cultivo de la caña de azúcar.

** Los productores a los que se les autorice algún crédito a través de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, utilizando los incentivos del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”x

 

ANEXO III  COMPROBANTE DE ACTUALIZACION DE DATOS Y/O ACREDITACION DE LA VINCULACION DEL INCENTIVO DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR

 

1.- ACTUALIZACION DE DATOS:

(Lugar y fecha) __________________________________________, a ______ de ____ del 201___

Folio de trámite: __________________________________

Ciclo agrícola y/o año: OI (   ) O PV (   ) 201___

DEL PRODUCTOR

Persona: física (   ) o moral   (   )

Nombre o razón social: ________________________________________________________________

CURP : __________________________________ RFC: _______________________________________

DEL PREDIO

Folio de predio ID: __________________________ Predio / predio secuencial ______________________

Delegación: ____________________ DDR: ___________________ CADER: _______________________

Municipio: ________________________________________ Ejido: _______________________________

Superficie total: ________________ha                   Superficie elegible: ________________ha

SUPERFICIE SEMBRADA

Cultivo

Régimen hídrico

Ciclo

Superficie

Sembrada (ha)

____________________

____________________

____________________

____________________

____________________

____________________

____________________

____________________

 

 

 

Total:______________ha

 

DATOS BANCARIOS

Banco

Número de cuenta

CLABE interbancaria

_________________________

__________________________

___________________________

 

BENEFICIARIO EN CASO DE DEFUNCION

Nombre:

_____________________________________________________________________________________

CURP :                                                                __________________________________________________

2.- ACREDITACION DE LA VINCULACION DEL INCENTIVO

1er documento con que acredita:

Fecha de trámite: _____/___________/201_ (día, mes y año)

Clave del documento con que acredita: ____________

Descripción del documento:_______________________________________________________________________

Fecha documento_____/___________/201_ (día, mes y año)

Nombre o razón social del emisor: _______________________________________________________________________

RFC del emisor: ________________________________________________________________________

Clave del concepto de la vinculación del incentivo: _____________________________

Descripción: ___________________________________________________________________________

Clave del subconcepto de la vinculación del incentivo: _____________________________

Descripción: ___________________________________________________________________________

 

 

2do documento con que acredita:

Fecha de trámite: _____/___________/201_ (día, mes y año)

Clave del documento con que acredita: ____________

Descripción del documento:____________________________________________________________________________

Fecha documento_____/___________/201_ (día, mes y año)

Nombre o razón social del emisor: _______________________________________________________________________

RFC del emisor: ________________________________________________________________________

Clave del concepto de la vinculación del incentivo: _____________________________

Descripción: ___________________________________________________________________________

Clave del subconcepto de la vinculación del incentivo: _____________________________

Descripción: ___________________________________________________________________________

 

 

3er documento con que acredita:

Fecha de trámite: _____/___________/201_ (día, mes y año)

Clave del documento con que acredita: ____________

Descripción del documento:____________________________________________________________________________

Fecha documento_____/___________/201_ (día, mes y año)

Nombre o razón social del emisor: _______________________________________________________________________

RFC del emisor: ________________________________________________________________________

Clave del concepto de la vinculación del incentivo: _____________________________

Descripción: ___________________________________________________________________________

Clave del subconcepto de la vinculación del incentivo: _____________________________

 

 

Descripción: ___________________________________________________________________________

3.- MANIFESTACION BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LA INFORMACION AQUI ASENTADA Y LA DOCUMENTACION ENTREGADA A LA SADER, DURANTE EL PROCESO DE ACTUALIZACION DE DATOS Y/O ACREDITACION DEL INCENTIVO SON CIERTOS.

ME COMPROMETO A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, ASI COMO, EN SU CASO, SUS RESPECTIVAS REFORMAS Y DEMAS NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR EN LOS TERMINOS Y PLAZOS ESTABLECIDOS, QUE ENTRE OTROS SON, SEMBRAR LA SUPERFICIE ELEGIBLE OBJETO DEL INCENTIVO, APLICAR EL INCENTIVO PARA LOS FINES AUTORIZADOS Y VINCULAR EL INCENTIVO PARA CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO DE LA PRODUCTIVIDAD AGRICOLA, MANTENER ACTUALIZADO MIS DATOS, PERMITIR LAS VERIFICACIONES, AUDITORIAS, INSPECCIONES Y SOLICITUDES DE INFORMACION POR PARTE DE LAS UNIDADES RESPONSABLES, LAS INSTANCIAS EJECUTORAS, INSTANCIAS FISCALIZADORAS O DE CUALQUIER OTRA AUTORIDAD COMPETENTE, CON EL FIN DE VERIFICAR LA CORRECTA APLICACION DE LOS RECURSOS OTORGADOS; ASI COMO LA SUPERVISION DE PARTE DE LAS INSTANCIAS DE LA SECRETARIA Y LAS QUE ESTA DETERMINE. DE LO CONTRARIO, CONOZCO QUE LA SANCION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ANTES SEÑALADAS O DE CUALQUIER OTRA DISPUESTA EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE PUEDE SER LA SUSPENSION DEL PAGO O LA BAJA DEFINITIVA DEL PREDIO DEL PADRON DEL PROGRAMA, SIN PERJUICIO DE OTRAS ACCIONES JURIDICAS O ADMINISTRATIVAS QUE EMPRENDA LA SADER O CUALQUIER OTRA AUTORIDAD.

AHORA BIEN, EN CUANTO LA SADER EFECTUE EL DEPOSITO DEL IMPORTE QUE ME CORRESPONDA EN DICHA CUENTA, ME DOY POR PAGADO. CON ESTE DOCUMENTO ME HAGO SABEDOR DE QUE LA SADER SE RESERVA EL DERECHO DE EMITIR EL INCENTIVO MEDIANTE OTRA FORMA DE PAGO, CUANDO ASI LO DETERMINE.

EN EL MISMO SENTIDO, ME DOY POR ENTERADO QUE LOS DATOS PERSONALES RECABADOS SERAN PROTEGIDOS, INCORPORADOS Y TRATADOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE LA MATERIA.

LA EMISION DE ESTE DOCUMENTO NO IMPLICA LA ENTREGA DEL INCENTIVO, EL CUAL ESTA SUJETO A DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO.

 

_______________________________________

NOMBRE Y FIRMA (O HUELLA) DEL PRODUCTOR

 

_______________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL TECNICO DEL CADER

 

_______________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL JEFE DE CADER

 

_______________________________________

FECHA DE RECIBIDO Y SELLO DEL CADER

 

 

 

“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa.”

ANEXO IV AVISO AL PRODUCTOR DE LA CAUSA DE NO PROCEDENCIA DE ACTUALIZACION DE TRAMITE DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR

"

(Lugar y fecha) __________________________________________, a ______ de ____ del 201___

Ciclo agrícola y/o año: OI (   ) O PV (   ) 201___

C. _________________________________________________

CURP ___________________________________________

Presente

DATOS DEL PREDIO

Folio de predio ID: __________________________   Predio / predio secuencial _____________________

Delegación: _____________________ DDR: _____________________ CADER: ___________________

Municipio: ___________________________________  Ejido: ___________________________________

EN CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO POR LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO; CON FUNDAMENTO Y PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR APLICABLES AL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR VIGENTES, NOTIFICO A USTED LA NO PROCEDENCIA DEL TRAMITE DE ACTUALIZACION DE DATOS DE DICHO PROGRAMA PARA EL CICLO AGRICOLA O AÑO __________________________________________ POR EL SIGUIENTE MOTIVO: _______________________________________________________________ (ESPECIFICAR)

EN EL EXPEDIENTE FALTAN EL DOCUMENTO DE: TIPO: __________________________ DESCRIPCION: __________________________________________________________________________

EN ESTE ACTO ME DOY POR NOTIFICADO QUE EN MI EXPEDIENTE FALTA(N) EL(LOS) DOCUMENTO(S) ARRIBA SEÑALADO(S), EL (LOS) CUAL(ES) DEBERE PRESENTAR A MAS TARDAR EL DIA ___________________________ PARA TENER DERECHO AL INCENTIVO DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR EN EL CICLO _________________________, CONSCIENTE DE QUE DE NO PRESENTARLOS NO ME SERAN OTORGADOS LOS BENEFICIOS QUE ME PUDIERAN CORRESPONDER EN EL CICLO MENCIONADO.

EN EL MISMO SENTIDO, ME DOY POR ENTERADO QUE LOS DATOS PERSONALES RECABADOS SERAN PROTEGIDOS, INCORPORADOS Y TRATADOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE LA MATERIA.

 

_______________________________________

FECHA EN QUE EL PRODUCTOR LO RECIBE

 

_______________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL TECNICO DEL CADER

 

_______________________________________

NOMBRE Y FIRMA (O HUELLA) DEL PRODUCTOR

 

_______________________________________

NOMBRE  Y FIRMA DEL JEFE DEL CADER

 

SELLO DEL CADER

 

“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa.”

ANEXO V CARTA DE DECLARACION DEL PRODUCTOR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE VINCULO EL INCENTIVO PARA CONTRIBUIR A MEJORAR LA PRODUCTIVIDAD AGRICOLA

(Sólo aplica para el estrato de pequeño productor)

PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR

(Lugar)_______________________________, a _____ de ___________________ 201____

SECRETARIA DE AGRICULTURA Y

DESARROLLO RURAL (SADER)

PRESENTE.

El que suscribe (nombre del productor o del representante legal) ______________________________con CURP / R.F.C. (Física/Moral) _______________, como productor del predio denominado _________________________ (nombre del predio), registrado en el Padrón del PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR con el folio de predio No. ________________ (el encargado del técnico del CADER lo asentará), con domicilio en __________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________; mismo que señalo para oír y recibir toda clase de notificaciones, por medio de la presente, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que he realizado las acciones que vinculan el incentivo del PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR consistentes en:

Concepto: ____________________________________________________________________________

Subconcepto: ________________________________________________________________________

Acciones de vinculación con la productividad: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Fecha de las acciones de vinculación con la productividad (dd|mm|aaaa): _ _ / _ _ / _ _ _ _

Importe: $ ________________

Correspondiente al ciclo agrícola y/o año Otoño-Invierno ( ) Primavera-Verano ( ) (señalar con una “x” el campo del ciclo en comento) del año __________ (indicar período) y que fueran comprometidas, en cumplimiento a lo señalado por los Lineamientos aplicables al PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, a su Procedimiento Operativo y en las disposiciones emanadas para dicho Programa.

PROTESTO LO NECESARIO

__________________________________________

(NOMBRE Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL PRODUCTOR O REPRESENTANTE LEGAL)

“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa.”

 

 


ANEXO VI

Diagrama de Flujo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR

 

 

 

 

 

“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa.”