LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 (ACUERDO POR EL QUE
SE EMITEN LOS)
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto:
23011905.
Legislación:
Federal.
Fuente:
D.O.F.
Emite:
SADER.
Fecha de publicación:
23 de enero de 2019.
Fecha de entrada en
vigor: 24 de enero de 2019.
Modificaciones:
Fecha
de publicación Fecha de
entrada en vigor
15
de mayo de 2019 16 de mayo
de 2019
Reformas: Apartado 3.6 del Contenido para sustituir
Quejas y denuncias por Auditorías; el numeral XVI del apartado 1.2. Glosario de
términos del Título I. Disposiciones Generales; el numeral 1.3.1. Objetivo
General, del apartado 1.3. Objetivos del Programa, del Título I. Disposiciones
Generales; el segundo párrafo del apartado 2.1. Población Objetivo, del Título
II. Operación del Programa; el segundo párrafo del apartado 2.2. Incentivos y
montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el Cuadro 1. Estratos,
del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del
Programa; el párrafo ubicado debajo del Cuadro 1 Estratos, del apartado 2.2.
Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa, asignándole
el inciso a); el título del Cuadro 4 asignándole el número 3 para titularse Cuota
PIMAF y Productores de localidades con población indígena; el último párrafo
del subinciso c) del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II.
Operación del Programa; el inciso A, del apartado 2.2. Incentivos y montos
máximos, del Título II. Operación del Programa; los incisos B y C asignándole
al B la letra A para iniciar nueva serie adicional y recorriéndose hacia abajo
la serie de incisos del B al D del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos,
del Título II. Operación del Programa; los numerales I y II del apartado 2.2.
Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa; el segundo
párrafo del apartado 2.3. Criterios de elegibilidad, del Título II. Operación
del Programa; el numeral II del apartado 2.3. Criterios de elegibilidad, del
Título II. Operación del Programa; los numerales I y II del apartado 2.6.
Apertura y cierre de ventanillas, del Título II Operación del Programa; los
numerales I y II del apartado 2.7. Mecánica Operativa del Título II. Operación
del Programa; el tercero y quinto párrafos del Cuadro 5. Listado de documentos,
del apartado 2.7. Mecánica Operativa del Título II. Operación del Programa; el
numeral I del apartado 3.2. Exclusiones, del Título III. Disposiciones
Complementarias; y los anexos I, II, III, IV y V.
Adiciones: Apartado 1.2, numeral VIII. Glosario de
términos del Título I. Disposiciones Generales; el inciso c) y el Cuadro 4.
Cuotas de café y de caña de azúcar al apartado 2.2. Incentivos y montos
máximos, del Título II. Operación del Programa; un párrafo inmediatamente
después del Cuadro denominado Cuotas de café y de caña de azúcar; los incisos B
y C al apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del
Programa; el último párrafo al inciso A, del apartado 2.2. Incentivos y montos
máximos, del Título II. Operación del Programa; el apartado 2.3. Gastos de
operación del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II.
Operación del Programa, recorriéndose hacia arriba los apartados subsiguientes;
un segundo párrafo al numeral IV del apartado 2.3. Criterios de elegibilidad,
del Título II. Operación del Programa; y el antepenúltimo párrafo del numeral
IV del apartado 2.7. Mecánica Operativa, del Título II. Operación del Programa.
Derogaciones: Apartado 1.2., numeral V; Glosario de
términos del Título I. Disposiciones Generales, recorriéndose los numerales
subsecuente del V al VII; el inciso a) del apartado 2.2. Incentivos y montos
máximos, del Título II. Operación del Programa; el Cuadro 3. Estratos PIMAF y
Productores Indígenas, del apartado 2.2. Incentivos y montos máximos, del
Título II. Operación del Programa, recorriéndose hacia abajo la numeración de
los cuadros subsiguientes; el último párrafo del inciso A, del mismo apartado
2.2. Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa.
30 de agosto de 2019 31 de agosto de 3019
Reformas: Anexo I.
26
de diciembre de 2019 27 de
diciembre de 2019
Reformas: Numeral 1.2, Glosario de
Términos del Título I. Disposiciones Generales, fracción VII; numeral 2.2.
Incentivos y montos máximos, del Título II. Operación del Programa las
fracciones II y III, de la sección A; numeral 2.4. Criterios de Elegibilidad,
del Título II. Operación del Programa, segundo párrafo; numeral 2.8. Mecánica
Operativa del Título II. Operación del Programa, el segundo párrafo de la
fracción IV; ANEXO I. Documentos y/o información requerida para ser
beneficiario del Programa Producción para el Bienestar, penúltimo párrafo; ANEXO
II. Catálogo de Conceptos para la Vinculación del Incentivo del Programa
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR y el Subconcepto de la Clave 3, de la tabla.
Adiciones: Numeral 2.8. Mecánica Operativa del Título II.
Operación del Programa, Apartados tercer párrafo de la fracción IV.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
VICTOR MANUEL VILLALOBOS ARAMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27 fracción XX y 28 párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. y 12 de la Ley de Planeación; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o. párrafo segundo, 54, 74, 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 175 de su Reglamento; 1o., 7o., 22 fracción IX incisos a) y d), 32 fracciones X y XI, 54, 104, 109, 115 párrafo segundo y 183 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1o., 2o., 3o. fracciones III, IV, X, XII y XIII, 5o. y 7o. de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1o. y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3o. fracción XXII y 32 fracciones I, III y VI, así como los Anexos 11 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1o., 3o. y 5o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y
CONSIDERANDOS
Que el
Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para
garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de
la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el
fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del
ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad
de los individuos, grupos y clases sociales.
Que el
Artículo 26 de la CPEUM establece que el Estado organizará un sistema de
planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo,
competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la
independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
En el mismo
sentido, el artículo 27, fracción XX del citado ordenamiento, hace mención a
que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con
el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el
bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la
actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos,
servicios de capacitación y asistencia técnica.
Que de
acuerdo a lo establecido en los artículos 1o. y 6o. de la Ley de Desarrollo
Rural Sustentable, se considera de interés público el desarrollo rural
sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria,
su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y
todas aquellas acciones tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la
población rural. Las acciones que el Estado realiza en el medio rural tienen el
carácter prioritario, bajo criterios de equidad social, de género,
integralidad, productividad y sustentabilidad.
Que
mediante reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de noviembre de 2018,
se crea la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, debiendo adecuar su
estructura en un periodo de 180 días, tendiendo dentro de sus objetivos el
procurar la Autosuficiencia Agroalimentaria.
Que en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de
2018, incluye en los Anexos 11 y 26 el Programa Producción para el Bienestar
como uno de los principales programas del Sector Agricultura y Desarrollo
Rural, el cual tiene asignado un monto de $9,000,000,000.00 (NUEVE MIL MILLONES
DE PESOS 00/100 M.N., con el propósito de contribuir al incremento del grado de
autosuficiencia alimentaria, dotando de liquidez y vinculando al acceso a
servicios a los pequeños y medianos productores, para colaborar en el aumento
de la productividad sustentable de sus predios, por lo que he tenido a bien emitir
el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE
EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
Contenido
Título I.
Disposiciones Generales
1.1. Objetivo del Acuerdo
1.2. Glosario de términos
1.3. Objetivos del Programa
1.3.1. Objetivo General
1.3.2. Objetivo específico
1.4. Ambito de aplicación
1.5. Interpretación
Título II
Operación del Programa
2.1. Población Objetivo
2.2. Incentivos y montos máximos
2.3. Criterios de elegibilidad
2.4. Instancias que participan en el Programa
2.5. Anexos que aplican al Programa
2.6. Apertura y cierre de ventanillas
2.7. Mecánica Operativa
Título III.
Disposiciones Complementarias
3.1. Derechos y obligaciones de los beneficiarios
3.2. Exclusiones
3.3. Supervisión
3.4. Coordinación Institucional
3.5. Incumplimiento de los beneficiarios
3.6. Auditorías
Transitorios
Anexos
Titulo I. Disposiciones Generales
1.1. Objeto del Acuerdo
El presente
Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos
para la Operación del Programa Producción para el Bienestar para el Ejercicio
Fiscal 2019.
1.2. Glosario de términos
Para
efectos y aplicación de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
I. Beneficiario.-
Persona física o moral que recibe el incentivo previsto en los presentes
Lineamientos Generales;
II. CADER.- Centro de Apoyo
al Desarrollo Rural;
III. Ciclo Agrícola.- División
del año agrícola en periodos de tiempo vegetativos de los cultivos,
considerando características climáticas: otoño-invierno y primavera-verano;
IV. CURP.- Clave Unica de
Registro de Población, documento expedido por la Secretaría de Gobernación;
V. Incorporación.-
Proceso definido por la Unidad Responsable para la inscripción de predios al
Programa de PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, distintos a los registrados en el
Directorio de PROAGRO Productivo.
VI. Liquidez.- Dinero en
efectivo y/o en documentos de fácil cambio bancario: cheque, transferencia
bancaria, depósito en efectivo y/o órdenes de pago;
VII. Medio de Pago.- Instrumento mediante el cual se le hará llegar el
incentivo al productor de los predios beneficiados: preferentemente cuenta
bancaria o Tarjeta del Bienestar que emita el área designada por el Gobierno Federal,
así como orden de pago o giro telegráfico.
Vlll. Padrón del
Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.- Listado de predios registrados en el Directorio del Componente
PROAGRO Productivo, así como los que se incorporen de productores:
beneficiarios del PIMAF 2018; de localidades con población indígena con alta o
muy alta marginación; de café y de caña de azúcar, principalmente;
IX. Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.- Incluye los componentes PROAGRO Productivo y PIMAF
2018, así como productores de: localidades con población indígena de alta o muy
alta marginación; de café y de caña de azúcar;
X. PIMAF.- Programa de
Incentivos para Productores de Maíz y Frijol, vigente en el 2018;
XI. Predio.- Espacio de terreno
delimitado, que medido en hectáreas tienen derechos de posesión o propiedad
para un productor;
XII. Predio Operado.- Aquéllos
del Componente PROAGRO Productivo para los que las Representaciones de la SADER
hayan solicitado oficialmente el incentivo, a través del sistema informático;
XIII. SADER.- Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural.
XIV. Servicios.- Se refiere a las
acciones que ofrece la SADER como precios de garantía, fertilizantes,
extensionismo y crédito a la palabra, entre otros.
XV. Sistema milpa.- Producción
agrícola tradicional de temporal que incluye diferentes cultivos de manera simultánea en una misma superficie,
en donde la especie principal es el maíz asociado con frijol, calabazas,
chiles, tomates, entre otras, dependiendo de la región. El objetivo principal
del sistema milpa es producir para la alimentación familiar.
XVI. Superficie Elegible del predio.- La registrada en el Componente PROAGRO Productivo y
el Componente PIMAF 2018, vigentes en ese año. Además, la que registren los productores:
de localidades con población indígena de alta o muy alta marginación; de café y
de caña de azúcar.
XVII. Ventanillas.- Los
CADER son el lugar donde los productores de los predios realizan la
actualización de datos y la acreditación del incentivo.
1.3. Objetivos del Programa
1.3.1. Objetivo
General
Incrementar
la producción y productividad de granos, de café y de caña de azúcar para
contribuir al aumento del grado de autosuficiencia alimentaria nacional (de
granos) y a la competitividad de esos cultivos.
1.3.2 Objetivo
específico
Dotar de
liquidez y vincular al acceso a servicios, para su inversión en actividades productivas
con enfoque sustentable en los predios de los pequeños y medianos productores.
1.4. Ambito de aplicación
Los
presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para las instancias
participantes en el Programa, conforme a lo establecido en el Numeral 2.4 del
Título II de éstos, así como para los productores con predios registrados en el
Padrón del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, o que pretendan pertenecer al
mismo, cuando corresponda.
1.5. Interpretación
La
interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en el
presente Acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en estos
Lineamientos, serán facultad de la Unidad Responsable, en los términos de las
disposiciones aplicables en la materia, sin perjuicio de las facultades de la
Oficina del Abogado General.
Las
acciones que el Estado realiza en el medio rural tienen el carácter
prioritario, bajo criterios de equidad social, de género, integralidad,
productividad y sustentabilidad.
Título II. Operación del Programa
2.1. Población Objetivo
Predios
inscritos en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar de pequeños y
medianos productores con superficie de hasta 20 hectáreas elegibles que
cultiven granos (maíz, frijol, trigo panificable, arroz, entre otros) por ciclo
agrícola, así como productores de café y productores de caña de azúcar.
2.2. Incentivos y montos máximos
Los
incentivos del Programa serán por productor, de acuerdo con la suma de la superficie elegible de sus predios por ciclo agrícola para granos, o año
para café y para caña de azúcar, considerando los siguientes estratos y
cuotas:
a) Para el caso de los productores con predios
inscritos en el Directorio PROAGRO Productivo, que siembren granos (maíz,
frijol, trigo panificable y arroz, entre otros), el monto máximo del incentivo
por ciclo agrícola será el correspondiente a 20 hectáreas por productor, ya sea
como persona física y/o como integrantes de una persona moral.
Cuadro 1. Estratos
Estratos |
Superficie objeto del incentivo |
|
Régimen hídrico |
||
Temporal |
Riego |
|
Pequeño Productor |
Hasta 5 hectáreas. |
Hasta 0.2 hectáreas. |
Mediano Productor |
Mayor de 5 y hasta 20 hectáreas. |
Mayor de 0.2 y hasta 5 hectáreas. |
Productores grandes |
Mayor de 20 hectáreas. |
Mayor de 5 hectáreas. |
El monto
máximo del incentivo por ciclo agrícola será el correspondiente a 20 hectáreas
por productor, ya sea como persona física y/o como integrantes de una persona
moral.
El cálculo
del monto máximo de incentivo se realizará por hectárea o fracción de la
superficie elegible del predio, conforme a las cuotas por hectárea siguientes:
Cuadro 2. Cuotas
Estratos |
Cuota por hectárea |
Pequeño Productor |
$1,600.00 (MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100
M.N.) |
Mediano Productor |
$1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.) |
Algunos
productores podrán recibir incentivos equivalentes a más de 20 hectáreas,
siempre y cuando el excedente sea por albaceazgo, tutela, patria potestad o
cualquier otra figura de representación legal.
b) Para el caso del PIMAF 2018 y de pequeños
productores de localidades con población indígena de alta o muy alta
marginación que cumplan los requisitos aplicables y concluyan la incorporación
de sus predios en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar, el monto
máximo del incentivo por ciclo agrícola será el correspondiente a 3 hectáreas
por productor, considerando la cuota siguiente:
Cuadro 3. Cuotas PIMAF y Productores de localidades con población
Indíge
Derogado (D.O.F. el 15 de mayo de 2019)
c) Para productores de café y de caña de
azúcar que cumplan los requisitos aplicables y concluyan la incorporación de
sus predios en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar, el monto
del apoyo por año será por productor, independientemente de la superficie que
sumen dichos predios, conforme a las cuotas siguientes:
Cuadro 4. Cuotas de café y de caña de azúcar
Estrato |
Cuota por productor |
Productor de café (todos los estratos) |
$5,000.00 (CINCO
MIL PESOS 00/100 M.N.) |
Productor de caña de azúcar (todos los
estratos) |
$7,300.00 (SIETE
MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) |
Los apoyos para granos (PROAGRO
Productivo, PIMAF 2018 y pequeños productores de localidades con población
indígena de alta o muy alta marginación) serán excluyentes entre sí, por lo que
un productor podrá recibir sólo uno de dichos apoyos, aunque tendrá la posibilidad
de acceder a los apoyos correspondientes para caña de azúcar o para café. A su
vez, los apoyos para caña de azúcar y para café serán excluyentes entre sí, es
decir, un productor no podrá recibir apoyos para ambos cultivos.
La Unidad
Responsable, podrá destinar recursos hasta por el 0.5 por ciento del presupuesto
asignado al Programa para:
A. Incorporar predios de:
I. Productores de maíz, frijol y/o sistema
milpa de temporal, con prioridad de:
1. Predios
de productores del PIMAF 2018.
2. Predios de productores ubicados en
localidades con población indígena de alta o muy alta marginación.
II. Productores de café, principalmente los
ubicados en Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Nayarit,
Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco y Veracruz.
III. Productores de caña de azúcar,
principalmente los de Campeche, Chiapas, Colima, Jalisco, Michoacán, Morelos,
Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco,
Tamaulipas y Veracruz.
B. Registrar nuevos predios de productores
agrícolas al Padrón del Programa de Producción para el Bienestar, en apoyo a la
instrumentación de Programas de la SADER, los cuales deberán contar con un
expediente en el CADER correspondiente y con la georreferencia.
Dichos
predios no formarán parte de la Población Objetivo ni serán sujetos de
incentivos del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
C. Dar mantenimiento al Padrón del Programa
Producción para el Bienestar, para su actualización con información como la
georreferencia.
Párrafo
derogado (D.O.F. el 15 de mayo de 2019)
La Unidad Responsable
podrá destinar recursos para:
A Otorgar incentivos correspondientes a
pasivos de PROAGRO Productivo derivados de solicitudes realizadas por las
instancias ejecutoras de los ciclos agrícolas otoño – invierno 2017/2018 y
primavera – verano 2018, no atendidas por falta de disponibilidad presupuestal.
B. Establecer esquemas de capacitación y
acompañamiento técnico-organizativo dirigido preferentemente a pequeños
productores del Programa para facilitarles la adopción de innovaciones
tecnológicas, mejorar sus prácticas agrícolas e incrementar sus rendimientos,
así como para fortalecer la instrumentación de servicios que ofrece la SADER,
destinando hasta el 2.5 por ciento del presupuesto asignado al Programa.
C. Complementar las acciones del Programa de
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR con los nuevos servicios que ofrece la SADER.
D. Establecer esquemas para adelantar
incentivos correspondientes a ciclos agrícolas subsecuentes para su inversión
en activos productivos, conforme a los lineamientos específicos que establezca
la Unidad Responsable.
Los
incentivos y acciones anteriores estarán sujetas a disponibilidad presupuestal
y conforme a la determinación de la Unidad Responsable.
Además,
para la entrega del incentivo, se considerará lo siguiente:
I. Los productores de granos con predios
de temporal cuya suma de superficie sea menor a una hectárea, recibirán por
redondeo el incentivo equivalente a una hectárea, con excepción de aquellos con
predios a los que se les haya realizado algún tipo de fraccionamiento;
II. Que los predios agrícolas de los
productores beneficiarios sean sembrados al menos con la superficie incentivada
durante el ciclo agrícola correspondiente;
III. En caso de condiciones climatológicas
adversas o de desastre natural que impidan la siembra en superficies elegibles,
podrá otorgarse el incentivo de manera prioritaria cuando la Instancia
Ejecutora correspondiente realice la solicitud por escrito a la Unidad
Responsable y la acompañe del documento emitido por la autoridad competente del
Gobierno Federal, como el dictamen técnico o la declaratoria de emergencia, que
avale tales condiciones en las áreas afectadas. Lo anterior sujeto a
disponibilidad presupuestal;
IV. Que
las personas morales registren la superficie elegible de cada uno de sus
integrantes;
V. Que
los productores beneficiarios como resultado de los predios incentivados por el
Programa, al menos el 18% sean mujeres.
2.3. Gastos de operación
La Unidad
Responsable, para la operación del Programa, destinará el 2.0 por ciento de su
presupuesto asignado.
2.4. Criterios de elegibilidad
El
productor podrá recibir el incentivo cuando:
I. El
expediente del predio esté integrado y resguardado por el CADER, conforme se
detalla en el Anexo I Documentos y/o Información requerida para ser
beneficiario del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, el cual debe
actualizarse por el productor, cuando tenga algún cambio respecto del último
registro, incluidos los datos de los medios de pago;
II. Se
acredite la vinculación del último apoyo recibido (por ciclo agrícola homólogo
o año anterior según corresponda), conforme a lo establecido en la mecánica
operativa de este Programa;
III. En su caso, se actualice en el sistema
informático específico para la operación del Programa, el cultivo sembrado;
IV. No
registre pago en demasía (pago en exceso de incentivo de PROAGRO Productivo
recibido por productores de predios beneficiarios por dicho Componente,
derivado de inconsistencias en las aplicaciones informáticas) o, en su caso, el
productor de los predios correspondientes reintegre el monto recibido en
exceso.
Los
presentes Criterios de Elegibilidad no aplican para productores que incorporen
predios al Padrón del Programa Producción para el Bienestar con base en la información
y/o documentos que proporcione la Secretaría de Bienestar a la SADER. Los
criterios para estos productores, los definirá la Unidad Responsable.
2.5. Instancias que participan en el Programa
Las
instancias involucradas en la operación del Programa son:
I. Unidad
Responsable: Dirección General de Operación y Explotación de Padrones (DGOEP) o
la que designe la SADER;
II. Instancia
Ejecutora: Representaciones Estatales u homólogos del Gobierno Federal, o la
que designe la Unidad Responsable;
III. Instancia
Dispersora de Recursos: Dirección General de Programación, Presupuesto y
Finanzas y/o la que determine la Unidad de Administración y Finanzas o su
equivalente;
IV. Unidad
Técnica Auxiliar: Dirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones y/o las que la Unidad Responsable designe;
V. Instancia
Ejecutora de Gastos Asociados a la Operación: Unidad Responsable y/o las que
ésta designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y
cumplan con la normatividad aplicable vigente, y
VI. Instancia
de Acompañamiento Técnico: Las que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando
se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad
aplicable vigente.
2.6. Anexos que aplican al Programa son
Anexo I. Documentos y/o Información
requerida para ser beneficiario del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
Anexo II. Catálogo de
Conceptos para la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL
BIENESTAR.
Anexo III. Comprobante de
Actualización de Datos y/o Acreditación de la Vinculación del Incentivo del
Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
Anexo IV. Aviso al Productor
de Causa de No Procedencia del Trámite de Actualización de Datos del Programa
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
Anexo V. Carta de
Declaración del Productor Bajo Protesta de Decir Verdad que Vinculó el
Incentivo para Contribuir a Mejorar la Productividad Agrícola.
Anexo VI. Diagrama de Flujo
del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
2.7. Apertura y cierre de ventanillas
I. Las fechas de apertura y cierre de
ventanillas se publicarán en la página de la SADER.
II. Para los años subsecuentes las ventanillas
se podrán aperturar desde octubre del año fiscal en curso.
La Unidad
Responsable podrá modificar estas fechas o establecer nuevos periodos de
acuerdo con las necesidades del Programa, los ciclos productivos o casos de
excepción que considere pertinentes.
2.8. Mecánica Operativa
I. La Unidad Responsable publicará en
la página de la SADER las disposiciones específicas, entre otras, el documento
denominado Procedimiento Operativo, en donde se establecerán las obligaciones y
funciones a cargo de las instancias participantes en la operación del Programa;
II. Al productor del predio se le podrá
otorgar el incentivo de manera automática, sujeto a disponibilidad presupuestal,
si se cumple con lo siguiente:
a) Que
haya recibido el incentivo u operado en el ciclo agrícola homólogo anterior;
b) Que
su expediente esté actualizado;
c) Que
sus datos estén actualizados en el sistema informático del Programa;
d) Que
acredite la vinculación del incentivo otorgado en el ciclo agrícola homólogo
anterior pagado;
e) Que
no registre pago en demasía o, en su caso, el productor de los predios
correspondientes reintegre el monto recibido en exceso, y
f) Las
demás disposiciones que establezca la Unidad Responsable.
III. El productor de los predios sujetos del
incentivo debe acudir al CADER correspondiente a:
a. En
su caso, actualizar el expediente del predio y/o los datos en el sistema
informático del Programa;
b. Acreditar
la vinculación del incentivo utilizado en actividades productivas, y
c. Atender
asuntos que le solicite la Secretaría a través de la Instancia Ejecutora.
En su caso, el productor
proporcionará al CADER la información necesaria. (Anexo I. Documentos
y/o Información requerida para ser beneficiario del Programa PRODUCCION PARA EL
BIENESTAR) de estos Lineamientos, para la
actualización de datos.
El CADER entregará al productor un
comprobante en el que se le notificará sobre la procedencia de la actualización
de datos (Anexo III. Comprobante de Actualización de Datos y/o Acreditación de
la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR); de lo
contrario, le avisará sobre los documentos faltantes (Anexo IV. Aviso al
Productor de Causa de No Procedencia del Trámite de Actualización de Datos).
IV. El
productor debe acreditar la totalidad del uso del incentivo (acreditación de la
vinculación del incentivo), salvo lo especificado en este mismo numeral.
Las fracciones II y III de este numeral, no
aplican para productores que incorporen predios al Padrón del Programa
Producción para el Bienestar.
Adicionalmente, para productores ubicados en
localidades con población indígena de alta o muy alta marginación no aplica la
fracción IV.
Los
conceptos de vinculación del incentivo se detallan en el Anexo II. Catálogo de
Conceptos para la Vinculación del Incentivo del Programa PRODUCCION PARA EL
BIENESTAR.
Asimismo,
el productor debe realizar la acreditación del incentivo, con alguno o más de
los documentos siguientes:
Cuadro 5. Listado de documentos
a) Factura (bajo esquemas de
asociatividad, el beneficiario podrá presentar copia de la factura, junto con
el listado de productores asociados y su participación); b) Ticket (bajo esquemas de
asociatividad, el beneficiario podrá presentar copia del ticket, junto con el
listado de productores asociados); |
c) Recibo de compra; |
d) Carta
bajo protesta de decir verdad (Carta de Declaración del Productor Bajo
Protesta de Decir Verdad que Vinculó el Incentivo para Contribuir a Mejorar
la Productividad Agrícola). Aplica sólo para pequeños productores; aquellos participantes en esquemas de asociatividad deberán acreditar
exclusivamente a través de factura y/o ticket; |
e) Contrato
de arrendamiento de maquinaria y equipo, de prestación de servicios
profesionales o de renta de infraestructura de almacenamiento; |
f) Documento
que acredite el pago de jornales, sueldos o salarios, incluida la lista de
raya; |
g) Pagaré
de crédito. Aplica para productores a los que se les autorice algún crédito a
través de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal
y Pesquero, utilizando los incentivos del PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR
como garantía líquida; |
h) Nota de
venta; |
i) Recibo
de pago (agua, electricidad), y |
j) Recibo
de honorarios. (En caso de contratar servicios de
capacitación o asistencia técnica, se presentará copia del recibo de
honorarios, junto con el listado de beneficiarios, en su caso). |
La omisión
de la acreditación total del incentivo tiene como consecuencia la suspensión de
éste en los ciclos agrícolas homólogos o años subsecuentes, hasta que se
subsane dicho incumplimiento, o bien, se reintegre el mismo.
El
productor puede realizar la actualización de datos y la acreditación de la
vinculación del incentivo al mismo tiempo. En su caso, dicha acreditación puede
realizarse anticipadamente a la entrega del incentivo y vía sistema
informático, conforme los establezca la Unidad Responsable.
Se podrá
exentar de la acreditación de la vinculación del incentivo, a aquellos
productores de predios ubicados en regiones afectadas por condiciones
climatológicas adversas o de desastre natural, siempre y cuando la Instancia
Ejecutora correspondiente realice la solicitud por escrito a la Unidad
Responsable y la acompañe del documento emitido por la autoridad competente del
Gobierno Federal, como el dictamen técnico o la declaratoria de emergencia, que
avale la presencia de tales condiciones en las áreas afectadas.
Si fallece
el productor del predio que recibió incentivo, la acreditación la podrá
realizar cualquier interesado en que el predio continúe en la Población
Objetivo del Programa.
El diagrama
de flujo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR se especifica en el Anexo
VI. Diagrama de Flujo del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
Título III. Disposiciones Complementarias
3.1. Derechos y obligaciones de los
beneficiarios
I. Son derechos de los beneficiarios:
A. Recibir asesoría por parte de las Unidades
Responsables, Representaciones, respecto del contenido de estos Lineamientos;
B. Adquirir en su caso, el bien o servicio con
características de utilidad, calidad, precio con el proveedor que libremente
elija, y en su caso, la capacitación respectiva;
C. Interponer las quejas y denuncias en los
términos establecido en el Numeral 3.6 de este Título III;
D. Ejercer los medios de defensa contra los
actos y resoluciones emitidos por las Unidades Responsables y/o Instancias Ejecutoras
en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
E. Los derechos establecidos específicamente
en el Programa de los presentes Lineamientos, y
F. Denunciar y/o declarar actos de corrupción
y malos manejos del Programa.
II. Son obligaciones de los beneficiarios:
A. Cumplir con los requisitos y las
obligaciones establecidas en estos Lineamientos;
B. Aplicar a los fines autorizados los
incentivos o subsidios recibidos y conservar los documentos de acreditación en
los términos de la legislación aplicable, y
C. Aceptar, facilitar y atender en cualquier
etapa del proceso para la entrega del incentivo y posterior a ésta,
verificaciones, auditorías, inspecciones y solicitudes de información por parte
de las unidades responsables, las instancias ejecutoras, instancias
fiscalizadoras o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar
la correcta aplicación de los recursos otorgados; así como la supervisión de
parte de las instancias de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y
las que ésta determine.
3.2. Exclusiones
No se
destinarán incentivos para los siguientes conceptos:
I. Compra o renta de tierras;
II. Compra de equipo y maquinaria usada;
III. Compra de cualquier tipo de vehículo;
IV. Edificación de uso habitacional;
V. Compra de remolques para uso distinto a
las labores agrícolas, y
VI. Adquisición de tractores o motocultores
que no cuenten con la certificación emitida por el Organismo de Certificación
de Implementos y Maquinaria Agrícola (OCIMA).
Finalmente, se promoverá la protección de las áreas
agroecológicas, por lo que no se otorgarán incentivos del Programa PRODUCCION
PARA EL BIENESTAR en Areas Naturales Protegidas, o terrenos que su cambio de
uso de suelo no haya sido autorizado por la SEMARNAT. Para aquellas que cuenten
con programa de manejo, no se otorgarán apoyos para la zona núcleo y para las
subzonas de: a) preservación, b) aprovechamiento especial, c) uso público y d)
recuperación.
3.3. Supervisión
A
efecto de verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del
beneficiario y las Instancias Participantes en la Ejecución del Programa, se
llevará a cabo la supervisión de éste en los términos que establezca la SADER,
por conducto de la Dirección General de Planeación y Evaluación.
3.4. Coordinación Institucional
La
Unidad Responsable tendrá la facultad de suscribir convenios e instrumentos
jurídicos para la realización de acciones del Programa, con dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, así como con los centros o
instituciones de investigación y/o enseñanza superior, organismos nacionales e
internacionales, así como asociaciones civiles, entre otros.
3.5. Incumplimiento de los beneficiarios
En
caso de incumplimiento de los presentes Lineamientos por parte de los
beneficiarios, aplicará lo establecido en el Procedimiento Administrativo de
Cancelación del registro de predios en el Directorio del Componente PROAGRO
Productivo (Ahora del Padrón del Programa Producción para el Bienestar).
3.6. Auditoría
Los
beneficiarios y los ciudadanos en general podrán presentar por escrito sus
quejas y denuncias, con respecto a la ejecución de los presentes Lineamientos
directamente ante el Organo Interno de Control en la Secretaría, en las
Representaciones, en las oficinas de los Organos Internos de Control de los
Organos Administrativos Desconcentrados y de las Entidades Coordinadas por la
Secretaría, el Organo Estatal de Control y, en su caso, el Organo Municipal de
Control, así como en los Módulos de Quejas y Denuncias correspondientes.
3.7. Auditoría
Los
recursos del Programa podrán ser auditados por la Secretaría de la Función
Pública, el Organo Interno de Control en la SADER, la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que
en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los presentes
Lineamientos entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Continuará
vigente lo dispuesto en los “Lineamientos por los que se establece el
procedimiento administrativo de cancelación del registro de predios en el
Directorio del Componente PROAGRO Productivo, del Programa de Fomento a la
Agricultura, que deberán observar los servidores públicos de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación”, publicados en
el DOF el 17 de noviembre de 2017, hasta en tanto no se emitan unos nuevos. En
este caso por Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación se entenderá Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y
asimismo por PROAGRO Productivo se referirá al Programa PRODUCCION PARA EL
BIENESTAR.
TERCERO.- Las disposiciones
específicas que se establezcan en el documento denominado Procedimiento
Operativo, a que se refiere la fracción I del numeral 2.7 Mecánica Operativa
del presente Acuerdo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la página
electrónica de la SADER (https://sader.gob.mx) y estarán vigentes hasta en
tanto se publiquen unas nuevas disposiciones.
CUARTO.- La Unidad
Responsable podrá emitir las disposiciones normativas complementarias, necesarias
para la operación del Programa.
TRANSITORIO
(De la reforma
publicada en el D.O.F. el 15 de mayo de 2019)
PRIMERO.- El presente
Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Ciudad de
México, a 7 de mayo de 2019.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.-
Rúbrica.
TRANSITORIO
(De la reforma publicada en el
D.O.F. el 30 de agosto de 2019)
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIOS
(De la reforma
publicada en el D.O.F. el 26 de diciembre de 2019)
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El procedimiento operativo a que se hace
referencia en el numeral 2.8, fracción I, deberá armonizarse en lo procedente,
a lo establecido en el presente Acuerdo y publicarse en la página electrónica
https://www.gob.mx/agricultura.
Ciudad de México, a 18 de diciembre de 2019.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.
Anexos
|
ANEXO I DOCUMENTOS Y/O INFORMACION REQUERIDA PARA SER BENEFICIARIO DEL
PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR |
I.- Del predio:
I.1. Documento que acredita la propiedad del
predio.
I.2. Para
predios localizados en distritos de riego: la boleta de pago de agua,
constancia de pago de los derechos de uso del agua del ciclo agrícola o año en
operación o permiso único de siembra.
En el caso de predios con pozos de
riego: copia del documento que acredite la regularización en el uso del agua
emitida por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) o constancia actualizada
del trámite para la regularización del uso de agua.
I.3. Para
el productor no propietario del predio, el documento legal de posesión derivada
vigente (arrendamiento, usufructo, aparcería entre otros).
I.4. Georreferencia
del predio (incluida en el sistema informático no en el expediente físico).
I.5. Documentos
que acredita la vinculación del incentivo para mejorar la productividad
agrícola (para predios ya pagados).
II. De los productores:
II.1. Personas
Físicas.
a. Identificación
oficial vigente (del propietario y del productor).
b. Clave
Unica de Registro de Población (CURP) (del propietario y del productor).
c. Poder del representante conforme a la
legislación civil del estado, en su caso.
d. Comprobante
de domicilio (aplica sólo al propietario del predio, cuando haya cambiado de
domicilio).
e. Documento
donde se especifique el número de cuenta bancaria y la Clave Bancaria
Estandarizada (CLABE) o los datos correspondientes a la Tarjeta del Bienestar
que emita el área designada por el Gobierno Federal, en su caso.
II.2. Personas
Morales (Propietario y/o productor):
a. Identificación oficial vigente del
representante legal.
b. Clave Unica de Registro de Población
(CURP) del representante legal.
c. Cédula
de Identificación Fiscal (CIF) de la persona moral.
d. Copia del Acta Constitutiva.
e. Poder
otorgado “para actos de administración” respecto de un predio registrado en el
Programa (deberá ser otorgado conforme a la legislación civil del estado).
f. Comprobante
de domicilio de la persona moral; el domicilio debe coincidir con el domicilio
fiscal señalado en la Cédula de Identificación Fiscal (CIF). (Aplica sólo al
propietario del predio).
g. Estado de cuenta bancario donde se
especifique el número de cuenta bancaria y la Clave Bancaria Estandarizada
(CLABE), en su caso.
h. Relación
de beneficiarios integrantes de la persona moral, donde se especifique el
nombre completo, la CURP y la superficie que aporta cada uno de dichos
integrantes.
Los predios de productores del PIMAF 2018, de café, de caña de azúcar
y de localidades indígenas de alta o muy alta marginación podrán incorporarse
al Padrón del Programa Producción para el Bienestar y ser beneficiarios de este
Programa en 2019, con la información y/o documentos que proporcione la
Secretaría de Bienestar a la SADER, mismos que se establecerán en los
instrumentos respectivos que convengan, en su caso, ambas secretarías.
Para continuar recibiendo apoyos en los ciclos agrícolas o años
subsecuentes (Otoño–Invierno 2019/2020, Primavera–Verano 2020 o año 2020),
deberán contar con el expediente debidamente integrado y la georreferencia
conforme al presente Anexo o de acuerdo con lo que establezca la Unidad
Responsable.
“Este
Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso
para fines distintos a los establecidos en el Programa”.
|
ANEXO II CATALOGO
DE CONCEPTOS PARA LA VINCULACION DEL INCENTIVO DEL PROGRAMA PRODUCCION PARA
EL BIENESTAR |
No. |
Conceptos |
Clave |
Subconcepto |
1 |
Producción |
1 |
Capacitación y asistencia técnica agrícola. |
2 |
Fertilizantes (incluye fertilizantes biológicos).* |
||
3 |
Semillas criollas, mejoradas, certificada y/o
habilitada |
||
4 |
Mejoradores de suelo * |
||
5 |
Semilla de caña para siembra (volteo de cepas) *. |
||
6 |
Productos de control fitosanitario (incluye
productos biológicos) *. |
||
7 |
Mano de obra. |
||
8 |
Yunta, maquinaria, equipo e implementos
agrícolas.* |
||
9 |
Pago de servicios y adquisición de combustibles. |
||
10 |
Adquisición de planta con material genético
certificado.* |
||
2 |
Postcosecha |
11 |
Comercialización. |
12 |
Almacenamiento. |
||
13 |
Empaquetado. |
||
14 |
Pago de transporte. |
||
15 |
Garantía para el acceso al crédito y
financiamiento.** |
||
16 |
Inversión asociada a la apertura de un
agronegocio. |
||
17 |
Despulpadoras (café) |
||
3 |
Alimentación |
18 |
Promoción de campañas de nutrición. |
La Unidad Responsable podrá definir otros conceptos o subconceptos
para la vinculación del incentivo.
*Conceptos para priorizar el uso de los apoyos para el cultivo de la
caña de azúcar.
** Los productores a los que se les autorice algún crédito a través de
la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero,
utilizando los incentivos del Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR.
“Este
programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso
para fines distintos a los establecidos en el programa.”x
|
ANEXO III COMPROBANTE DE ACTUALIZACION
DE DATOS Y/O ACREDITACION DE LA VINCULACION DEL INCENTIVO DEL PROGRAMA
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR |
1.- ACTUALIZACION DE DATOS:
(Lugar y
fecha) __________________________________________, a ______ de ____ del 201___
Folio de
trámite: __________________________________
Ciclo
agrícola y/o año: OI ( ) O PV ( ) 201___
DEL PRODUCTOR
Persona: física
( ) o moral ( )
Nombre o
razón social: ________________________________________________________________
CURP :
__________________________________ RFC: _______________________________________
DEL PREDIO
Folio de
predio ID: __________________________ Predio / predio secuencial
______________________
Delegación:
____________________ DDR: ___________________ CADER: _______________________
Municipio:
________________________________________ Ejido: _______________________________
Superficie total:
________________ha
Superficie elegible: ________________ha
SUPERFICIE SEMBRADA
Cultivo |
Régimen hídrico |
Ciclo |
Superficie Sembrada (ha) |
____________________ |
____________________ |
____________________ |
____________________ |
____________________ |
____________________ |
____________________ |
____________________ |
|
|
|
Total:______________ha |
DATOS BANCARIOS
Banco |
Número de cuenta |
CLABE interbancaria |
_________________________ |
__________________________ |
___________________________ |
BENEFICIARIO EN CASO DE DEFUNCION
Nombre:
_____________________________________________________________________________________
CURP :
__________________________________________________
2.- ACREDITACION DE LA VINCULACION
DEL INCENTIVO
1er documento con que acredita: |
Fecha de trámite:
_____/___________/201_ (día, mes y año) Clave del documento
con que acredita: ____________ Descripción del
documento:_______________________________________________________________________ Fecha
documento_____/___________/201_ (día, mes y año) Nombre o razón
social del emisor:
_______________________________________________________________________ RFC del emisor:
________________________________________________________________________ Clave del concepto
de la vinculación del incentivo: _____________________________ Descripción:
___________________________________________________________________________ Clave del
subconcepto de la vinculación del incentivo: _____________________________ Descripción:
___________________________________________________________________________ |
2do documento con que acredita: |
Fecha de trámite:
_____/___________/201_ (día, mes y año) Clave del documento
con que acredita: ____________ Descripción del
documento:____________________________________________________________________________ Fecha
documento_____/___________/201_ (día, mes y año) Nombre o razón
social del emisor: _______________________________________________________________________ RFC del emisor:
________________________________________________________________________ Clave del concepto
de la vinculación del incentivo: _____________________________ Descripción:
___________________________________________________________________________ Clave del
subconcepto de la vinculación del incentivo: _____________________________ Descripción:
___________________________________________________________________________ |
3er documento con que acredita: |
Fecha de trámite:
_____/___________/201_ (día, mes y año) Clave del documento
con que acredita: ____________ Descripción del
documento:____________________________________________________________________________ Fecha
documento_____/___________/201_ (día, mes y año) Nombre o razón
social del emisor:
_______________________________________________________________________ RFC del emisor:
________________________________________________________________________ Clave del concepto
de la vinculación del incentivo: _____________________________ Descripción:
___________________________________________________________________________ Clave del
subconcepto de la vinculación del incentivo: _____________________________ |
Descripción:
___________________________________________________________________________
3.- MANIFESTACION BAJO PROTESTA DE
DECIR VERDAD
MANIFIESTO
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LA INFORMACION AQUI ASENTADA Y LA
DOCUMENTACION ENTREGADA A LA SADER, DURANTE EL PROCESO DE ACTUALIZACION DE
DATOS Y/O ACREDITACION DEL INCENTIVO SON CIERTOS.
ME
COMPROMETO A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, ASI COMO, EN SU
CASO, SUS RESPECTIVAS REFORMAS Y DEMAS NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROGRAMA
PRODUCCION PARA EL BIENESTAR EN LOS TERMINOS Y PLAZOS ESTABLECIDOS, QUE ENTRE
OTROS SON, SEMBRAR LA SUPERFICIE ELEGIBLE OBJETO DEL INCENTIVO, APLICAR EL
INCENTIVO PARA LOS FINES AUTORIZADOS Y VINCULAR EL INCENTIVO PARA CONTRIBUIR AL
MEJORAMIENTO DE LA PRODUCTIVIDAD AGRICOLA, MANTENER ACTUALIZADO MIS DATOS,
PERMITIR LAS VERIFICACIONES, AUDITORIAS, INSPECCIONES Y SOLICITUDES DE
INFORMACION POR PARTE DE LAS UNIDADES RESPONSABLES, LAS INSTANCIAS EJECUTORAS,
INSTANCIAS FISCALIZADORAS O DE CUALQUIER OTRA AUTORIDAD COMPETENTE, CON EL FIN
DE VERIFICAR LA CORRECTA APLICACION DE LOS RECURSOS OTORGADOS; ASI COMO LA
SUPERVISION DE PARTE DE LAS INSTANCIAS DE LA SECRETARIA Y LAS QUE ESTA
DETERMINE. DE LO CONTRARIO, CONOZCO QUE LA SANCION DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES ANTES SEÑALADAS O DE CUALQUIER OTRA DISPUESTA EN LA NORMATIVIDAD
APLICABLE PUEDE SER LA SUSPENSION DEL PAGO O LA BAJA DEFINITIVA DEL PREDIO DEL
PADRON DEL PROGRAMA, SIN PERJUICIO DE OTRAS ACCIONES JURIDICAS O
ADMINISTRATIVAS QUE EMPRENDA LA SADER O CUALQUIER OTRA AUTORIDAD.
AHORA BIEN,
EN CUANTO LA SADER EFECTUE EL DEPOSITO DEL IMPORTE QUE ME CORRESPONDA EN DICHA
CUENTA, ME DOY POR PAGADO. CON ESTE DOCUMENTO ME HAGO SABEDOR DE QUE LA SADER
SE RESERVA EL DERECHO DE EMITIR EL INCENTIVO MEDIANTE OTRA FORMA DE PAGO,
CUANDO ASI LO DETERMINE.
EN EL MISMO
SENTIDO, ME DOY POR ENTERADO QUE LOS DATOS PERSONALES RECABADOS SERAN
PROTEGIDOS, INCORPORADOS Y TRATADOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE LA MATERIA.
LA EMISION
DE ESTE DOCUMENTO NO IMPLICA LA ENTREGA DEL INCENTIVO, EL CUAL ESTA SUJETO A
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO.
_______________________________________ NOMBRE Y FIRMA (O HUELLA) DEL PRODUCTOR |
_______________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL TECNICO DEL CADER |
_______________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL JEFE DE CADER |
_______________________________________ FECHA DE RECIBIDO Y SELLO DEL CADER |
|
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el
Programa.”
|
ANEXO IV AVISO AL
PRODUCTOR DE LA CAUSA DE NO PROCEDENCIA DE ACTUALIZACION DE TRAMITE DEL
PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR |
"
(Lugar y fecha) __________________________________________,
a ______ de ____ del 201___
Ciclo agrícola y/o año: OI ( ) O PV (
) 201___
C.
_________________________________________________
CURP
___________________________________________
Presente
DATOS DEL PREDIO
Folio de
predio ID: __________________________
Predio / predio secuencial _____________________
Delegación:
_____________________ DDR: _____________________ CADER: ___________________
Municipio:
___________________________________
Ejido: ___________________________________
EN
CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO POR LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO; CON FUNDAMENTO Y PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ACUERDO POR
EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA PRODUCCION
PARA EL BIENESTAR APLICABLES AL PROGRAMA PRODUCCION
PARA EL BIENESTAR VIGENTES, NOTIFICO A USTED LA NO PROCEDENCIA DEL TRAMITE DE
ACTUALIZACION DE DATOS DE DICHO PROGRAMA PARA EL CICLO AGRICOLA O AÑO __________________________________________ POR EL
SIGUIENTE MOTIVO: _______________________________________________________________
(ESPECIFICAR)
EN
EL EXPEDIENTE FALTAN EL DOCUMENTO DE: TIPO: __________________________
DESCRIPCION:
__________________________________________________________________________
EN
ESTE ACTO ME DOY POR NOTIFICADO QUE EN MI EXPEDIENTE FALTA(N) EL(LOS)
DOCUMENTO(S) ARRIBA SEÑALADO(S), EL (LOS) CUAL(ES) DEBERE PRESENTAR A MAS
TARDAR EL DIA ___________________________ PARA TENER DERECHO AL INCENTIVO DEL
PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR EN EL CICLO _________________________,
CONSCIENTE DE QUE DE NO PRESENTARLOS NO ME SERAN OTORGADOS LOS BENEFICIOS QUE
ME PUDIERAN CORRESPONDER EN EL CICLO MENCIONADO.
EN
EL MISMO SENTIDO, ME DOY POR ENTERADO QUE LOS DATOS PERSONALES RECABADOS SERAN
PROTEGIDOS, INCORPORADOS Y TRATADOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE LA MATERIA.
_______________________________________ FECHA EN QUE EL PRODUCTOR LO RECIBE |
_______________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL TECNICO DEL CADER |
_______________________________________ NOMBRE Y FIRMA (O HUELLA) DEL PRODUCTOR |
_______________________________________ NOMBRE Y
FIRMA DEL JEFE DEL CADER |
SELLO DEL CADER |
“Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.”
|
ANEXO V CARTA DE
DECLARACION DEL PRODUCTOR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE VINCULO EL
INCENTIVO PARA CONTRIBUIR A MEJORAR LA PRODUCTIVIDAD AGRICOLA |
(Sólo
aplica para el estrato de pequeño productor)
PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR
(Lugar)_______________________________,
a _____ de ___________________ 201____
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL (SADER)
PRESENTE.
El
que suscribe (nombre del productor o del representante legal)
______________________________con CURP / R.F.C. (Física/Moral) _______________,
como productor del predio denominado _________________________ (nombre del
predio), registrado en el Padrón del PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR con
el folio de predio No. ________________ (el encargado del técnico del CADER lo
asentará), con domicilio en
__________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________;
mismo que señalo para oír y recibir toda clase de notificaciones, por medio de
la presente, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que he realizado las
acciones que vinculan el incentivo del PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR
consistentes en:
Concepto:
____________________________________________________________________________
Subconcepto:
________________________________________________________________________
Acciones
de vinculación con la productividad: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Fecha
de las acciones de vinculación con la productividad (dd|mm|aaaa): _ _
/ _ _ / _ _ _ _
Importe: $
________________
Correspondiente
al ciclo agrícola y/o año Otoño-Invierno ( ) Primavera-Verano ( ) (señalar con
una “x” el campo del ciclo en comento) del año __________ (indicar período) y
que fueran comprometidas, en cumplimiento a lo señalado por los Lineamientos
aplicables al PROGRAMA PRODUCCION PARA EL BIENESTAR, a su Procedimiento
Operativo y en las disposiciones emanadas para dicho Programa.
PROTESTO LO NECESARIO
__________________________________________
(NOMBRE
Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL PRODUCTOR O REPRESENTANTE LEGAL)
“Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos
en el Programa.”
ANEXO VI Diagrama de Flujo del
Programa PRODUCCION PARA EL BIENESTAR |
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines
distintos a los establecidos en el Programa.”